sábado, 29 de enero de 2011

Medios de pago internacionales

  • Crédito documentario: Es uno de los medios de pago más idóneos para el exportador. Es un procedimiento a través del cual un banco (emisor del crédito) actuando a instancias de un ordenante (importador) se compromete con el beneficiario del crédito (exportador), bien directamente o a través de otro banco, a pagar, negociar o aceptar letras de cambio, siempre y cuando este presente, en lugar y momento oportuno, los documentos solicitados en el propio crédito. (La iniciativa del crédito documentario la toma el importador)
Pago = Recepción de documentos
La empresa exportadora asume la responsabilidad de entregar los documentos conformes con el fin de percibir el importe del crédito sin ninguna complicación.
  • Otras modalidades de crédito documentario
    1. Créditos transferibles: 1r Beneficiario puede transferir el crédito a otro siempre que se cumplan unas condiciones.
    2. Créditos revolving: Se establecen por un por un periodo y cantidad máxima determinados.
    3. Créditos Back to Back: Créditos para pagar una importación garantizada por un crédito documentario.
    4. Créditos con cláusula roja o verde: Permite que el exportador tome anticipos antes de embarcar la mercancía.
    5. Stand by letter of credit: Supone más de una garantia de crédito.

    • Remesas documentarias: A diferencia del crédito documentario, cuando se utiliza la remesa documentaria como medio de pago de una venta internacional, la iniciativa la toma el exportador.

    Operativa de funcionamiento:
      1. El exportador envía la mercancía al punto convenido.
      1. El exportador entrega a su banco los documentos requeridos por el importador en unión de una letra de cambio girada a cargo de este.
      1. Instruye a su banco para que haga llegar los documentos al importador, pero con la observación de entregárselo solamente si paga o acepta la letra de cambio.
      1. Banco del exportador, utilizando los servicios de una sucursal en el país comprador, o por mediación de un banco corresponsal, hace llegar los documentos y la letra. Si el importador paga o acepta la letra, según corresponda, el banco entrega los documentos. Éstos hacen posible que el comprador despache la mercancía.

        Finalmente se hace llegar nuevamente a través de los bancos anteriormente mencionados el importe de la venta al exportador.

1 comentario:

  1. Hola, ¿para servicios? ¿hay algún modo de asegurar el cobro de servicios prestados en el exterior?
    Gracias.

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